La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000031 del Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador establece las normas para la implementación del intercambio automático de información financiera, basándose en estándares internacionales como el de la OCDE. Este documento detalla qué instituciones financieras están obligadas a reportar (Instituciones Financieras Sujetas a Reportar) y cuáles están exentas (Instituciones Financieras No Sujetas a Reportar). Se definen tipos de cuentas financieras, incluyendo las que deben ser reportadas (Cuentas Reportables) y las excluidas, junto con los procedimientos de debida diligencia necesarios para identificar a los titulares de cuentas que son residentes fiscales en otras jurisdicciones. Además, se especifican la información a reportar, los plazos y la forma de presentación del Anexo CRS, así como las sanciones aplicables por incumplimientos, y la obligación de conservar la documentación de respaldo.
Esta resolución fue publicada el 20 de octubre de 2023 y reformada el 29 de agosto de 2024 mediante resolución NAC-DGERCGC24-00000031. La primera derogó la resolución NAC-DGERCGC19-00000045 y la segunda derogó la resolución No. NAC-DGERCGC19 00000062, que trataba sobre cuentas excluidas.
A continuación, los archivos que contienen estas dos resoluciones.
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